jueves, 27 de agosto de 2020

DECRETO DE URGENCIA QUE IMPLICA A ELECCIONES EN FEDERACIONES



El Poder Ejecutivo estableció medidas que permitan a las sociedades, asociaciones, fundaciones, comités u otras personas jurídicas privadas, convocar y celebrar juntas generales o especiales de accionistas y asamblea general, de manera no presencial o virtual.
Mediante Decreto de Urgencia Nº 100-2020, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se autorizó realizar hasta el 31 de diciembre de 2020 la convocatoria y celebración de juntas de accionistas y asambleas no presenciales o virtuales.

Para ello se usarán medios tecnológicos o telemáticos y de comunicaciones o de naturaleza similar, que permita la comunicación y garantice la autenticidad del acuerdo, aun cuando los respectivos estatutos de dichas entidades sólo reconozcan la posibilidad de convocar y celebrar juntas o asambleas presenciales.

Con esta medida las diferentes  Federaciones Deportivas de Perú, no tendrían mayor problema para poder cambiar o adaptar sus estatutos a la realidad que se vive en el país a consecuencia de la pandemia por el covid-19 y desarrollar sus elecciones.

Sobre el tema se pronunció  el expresidente del IPD y  experto en gestión pública y deportiva, Saúl Barrera. "Con relación a las elecciones de las juntas directivas  de las Federaciones Deportivas que deben desarrollarse este año, comentaba días atrás de los criterios aprobados por la SUNARP para flexibilizar la inscripción cuando los estatutos no contemplaban las sesiones virtuales. El inconveniente de los criterios aprobados era que se exigía una decisión unánime de todos los integrantes para llevar a cabo las sesiones virtuales. La unanimidad se convertía así en un obstáculo, si alguien deseaba boicotear la elección bajo dicha modalidad".

Más adelante Barrera comentó:   "Sin embargo, hoy se ha publicado el Decreto de Urgencia Nro. 100-2020. Esta norma posibilita la realización de asambleas virtuales en las asociaciones (Federaciones). Pero, a diferencia de los criterios de la SUNARP, no exige la unanimidad. Es decir, bastaría mayoría simple. Además, esta norma sí es obligatoria, para públicos y privados, pues pasa a formar parte de nuestro ordenamiento jurídico. Ya no orienta, ahora obliga".

Saúl Barrera,  finalizando sosteniendo que: "De esta forma, se está dando un marco legal claro, que garantiza el desarrollo de las elecciones en las federaciones deportivas. Solo queda esperar el correcto cumplimiento de las normas, a fin de evitar que se afecte el desenvolvimiento de las Federaciones Deportivas".

No hay comentarios:

Soy periodista y me gusta serlo y pienso que: En esta vida hay de todo, periodistas que dicen que no se casan con nadie, pero que se acuestan con cualquiera, lastima que sea impotente.